Usted está en:

MATRÍCULA FRACCIONADA

Corresponde estrictamente a la división del recibo de pago para que sea cancelado a través de diferentes fuentes financieras

. Se utiliza cuando el estudiante cubre una parte del valor de forma independiente y el resto mediante entidades externas como ICETEX

, fondos de cesantías o apoyos económicos de empleadores. El sistema financiero del banco no puede procesar un solo recibo si una entidad paga una parte y el estudiante otra. Por ello, la universidad debe romper el recibo original en dos o más órdenes de pago con códigos de barras independientes.

Radicación de documentos: El estudiante deberá radicar de forma centralizada ante el área financiera de la Universidad, no ante la coordinación del programa académico, los documentos en físico y digitales requeridos para solicitar la matrícula fraccionada por fuentes externas. El trámite se realiza enviando los soportes al correo tesoreria@udistrital.edu.co. Los documentos deberán presentarse sin grapar ni legajar, en el siguiente orden:

  • Certificación o Resolución de Aprobación, donde conste que el ICETEX, el Fondo de Cesantías o la empresa girarán un monto exacto a la universidad.
  • Copia del Recibo de Matrícula Original, correspondiente a la liquidación completa emitida inicialmente por el sistema.

Fuentes de Financiación Válidas para Fraccionar: El estudiante podrá solicitar la división si va a pagar combinando: ICETEX por giros directos de créditos aprobados; Fondos de Cesantías y Pensiones por retiros parciales autorizados por fondos privados o públicos como Porvenir, Protección, FNA; Apoyo Económico de Empleadores por becas o auxilios directos de la empresa donde labora el estudiante o su aportante; y Recursos Propios por el saldo restante que el estudiante asume en efectivo, PSE o tarjeta de crédito.

Revisión y trámite: El área financiera de la Universidad radicará la documentación recibida para anular el recibo actual y cargar los nuevos códigos fraccionados con barras independientes. A diferencia de la modalidad diferida financiada por la universidad, para esta modalidad no se descargan formatos de pagarés, cartas de instrucciones ni solicitudes de codeudores en las facultades.

Expedición del recibo de pago: Una vez aprobados los documentos, la Oficina de Tesorería procederá a expedir los recibos de pago correspondientes a la matrícula fraccionada por fuentes de financiación. Para información adicional comunicarse al PBX 601 323 9300 Extensión 1744.

MATRÍCULA DIFERIDA

Es la facilidad financiera que permite al estudiante dividir el pago de su matrícula en un máximo de tres (3) cuotas

a lo largo del semestre.

1. Radicación de documentos:
El estudiante deberá radicar presencialmente en la oficina del programa académico los documentos en físico requeridos para solicitar la matrícula diferida. Los documentos deberán presentarse en un sobre de manila, organizados en el siguiente orden, sin grapar ni legajar:

a) Formato de solicitud de matrícula diferida, debidamente diligenciado y firmado.
b) Pagaré en blanco, debidamente firmado por el estudiante y el codeudor.
c) Carta de instrucciones, debidamente firmada por el estudiante y el codeudor.
d) Copias de las cédulas de ciudadanía del estudiante y del codeudor.
e) Soportes de ingresos del codeudor, de acuerdo con su actividad económica.

2. Revisión y trámite:
El programa académico radicará ante la Oficina de Registro y Control Académico la documentación recibida, para su correspondiente revisión y aprobación.

3. Expedición del recibo de pago:
Una vez aprobados los documentos, la Oficina de Registro y Control Académico procederá a expedir el recibo de pago correspondiente a la matrícula diferida.

4. Número de recibos de pago:
El valor de la matrícula podrá diferirse de la siguiente manera:

  • Dos (2) recibos de pago, cuando el costo de la matrícula sea superior a dos (2) SMMLV.
  • Tres (3) recibos de pago, cuando el costo de la matrícula sea igual o superior a cuatro (4) SMMLV.

RESOLUCIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Ministerio De Educación Nacional 

Resolución No. 

009102 01 ABR 2026

ACTA DE CREACIÓN MAEAFRO

ACUERDO No. 007 (26 de septiembre de 2024)

 

 

REGLAMENTO DE POSGRADO FACULTAD DE CIENCIAS Y EDUCACIÓN

Reglamento posgrados Facultad de Ciencias y Educación ACUERDO 004 15 DE ABRIL DE 1997

Datos de contacto